Club de Leones Internacional
  Comités del Club
 

Comités del Club

Artículo 37. Se señala a continuación en forma numerativa y nunca limitativa, los Comités Administrativos, así como los de Actividades que un Club de Leones puede tener:

Sección A. El Presidente ordenará la integración de los siguientes Comités permanentes:

1) Comités Administrativos

A) Afiliación
B) Admisión de Socios
C) Asistencia
D) Estatutos y Reglamentos
E) Bienvenida
F) Boletín
G) Capacitación de Dirigentes
H) Convenciones
I) Finanzas
J) Honor y Justicia
K) Instrucción Leonística
L) Programación
M) Relaciones Públicas y Publicidad
N) Ponencias

2) Comités de Actividades

A) Actividades de Audición, logopedia y colaboración con el sordo
B) Cachorros
C) Conservación de la vista y colaboración con el Ciego
D) Damas
E) Mejoras a la comunidad
F) Protección de la infancia y contra la delincuencia juvenil
G) Servicios del Medio Ambiente
H) Servicios de Orientación Cívica
I) Servicios de recreación
J) Servicios de Salud
K) Servicios Educativos
L) Servicios Internacionales

Sección B. También funcionará el Comité de Honor y Justicia formado por todos Io ex-Presidentes del Club. con excepción del Presidente Inmediato Anterior y de los que estén formando parte de la Directiva en funciones. Este último Comité será presidido por el Ex -Presidente que resulte electo cada año por mayoría de votos entre ellos mismos y será la finalidad del Comité velar por la observancia de los Estatutos y Reglamentos de nuestra organización.

Sección C. El Presidente del Club podrá designar con la aprobación de la Junta directiva, los Comités Especiales que a su juicio o a juicio de la Junta Directiva fueren necesarios.

Sección D. El Presidente del Club será miembro ex-oficio de todos los Comités.

Sección E. Todos los Comités estarán compuestos de un Director y de los miembros que el Presidente del Club considere necesarios, a excepción de los aquí específicamente señalados.

Sección F. Cada Comité, por medio de su Director, rendirá a la Junta Directiva un informe mensual, verbal o escrito.

Sección G. Todos los problemas relacionados con asuntos administrativos o de actividades serán recomendados al Comité correspondiente para su estudio y la formación de recomendaciones a la Junta Directiva.

Sección H. Los Comités serán tantos como sean necesarios para desarrollar eficientemente el programa propuesto y de acuerdo con las necesidades y las condiciones de cada Club.

Sección I. Todos los Comités constarán de un Director y de tantos Socios como la Directiva considere necesarios. El Presidente del Club es miembro ex..oficio de todos los Comités y los tres Vice-Presidentes del Club serán coordinadores de los Comités nombrados para el ejercicio.

Sección J. Cada Comité por medio de su Director, rendirá a la Directiva un informe mensual verbal o por escrito y trimestral al Club en los casos procedentes.

Sección K. Todos los asuntos y problemas pertinentes a cuestiones administrativas o de actividades de la competencia de los Comités serán turnados a cada uno de éstos, según corresponda para que los estudie, tramite y proceda según lo autorizado por la Directiva del Club.

Sección L. Todos los Comités que necesiten hacer gastos, erogaciones, donativos o pagos de cualquier índole, deberán formular un “ Presupuesto de Egresos '', el cual será entregado a la Directiva, la cual hará el estudio necesario asistiéndose del Comité de Finanzas, antes de proceder a formalizar los trabajos del Comité de referencia.

Sección M. A los Comités referidos en las Secciones anteriores, excepto al Comité de Damas, les está PROHIBIDO manejar fondos creando otra Tesorería. El manejo de fondos necesarios para cumplir los fines de estos Comités se hará precisamente a través de la Tesorería del Club centralizando a ella todos los fondos.

Artículo 38. A continuación se explica las actividades principales que tendrán algunos de los Comités:

Comités Administrativos.

A. Afiliación.

I. Formar la clasificación de actividades y ocupaciones de acuerdo con las comisiones de la localidad en que el Club esté establecido.

II. Estudiar todas las clasificaciones vacantes del Club, para procurar llenarlas con personas que reúnan los requisitos Estatuarios.

III. Proponer al Comité de Admisión una lista de posibles candidatos para ser invitados a fin de que éste, determine sobre si puede o no, aceptar a dichas personas.

B. Admisión de Socios.

I. Investigará en forma secreta y confidencial la conducta, moralidad, situación económica y social del candidato a Socio que proponga el Comité de Afiliación.

II. Presentar a la Directiva, un dictamen sobre admisión o rechazo de los candidatos a Socios para que ella resuelva Io conducente.

III. Será su responsabilidad, vigilar que la Junta Directiva cumpla con lo señalado en la segunda parte del Artículo 11 del Capítulo V de los Estatutos.

C. Asistencia.

Este Comité tiene como finalidad, estudiar y desarrollar los planes necesarios, para aumentar la concurrencia a cada una de las Reuniones. Ejemplo Plenarias, Juntas de Directiva etc.

D. Asuntos Legales, Estatutos y Reglamentos.

Se encargará de investigar y de poner en conocimiento de la Directiva del Club, las resoluciones que a su juicio deben darse a las discusiones que sobre puntos legales se susciten en el seno del Club.

E. Bienvenida.

De preferencia estará formado por Ex-Presidentes y será su misión en primer lugar, el estar pendiente que los Socios nuevos que presten Juramento en el Club se les provea de todo lo que se acostumbra, su botón, carpeta de nuevo Socio incluyendo su certificado que lo acredita como León, Estatutos, calcomanías para carro, etc.

F. Boletín.

Tendrá como obligación llevar a cabo lo indicado en el Capitulo IV de los Estatutos de los Clubes.

G. Capacitación de Dirigentes.

Deberá de realizar seminarios o talleres para capacitación con las orientaciones del asesor a nivel Distrital, para lo cual asistirán los componentes de este Comité a todos los eventos de este tipo que organice dicho asesor. Tendrá también presente y les servirá de importante guía el manual DA 300, de las publicaciones oficiales de la Asociación Internacional.

H. Convenciones.

Organizará la asistencia a las Convenciones de Distrito, Nacionales e lnternacionales, al igual que las Juntas de Gabinete, del mayor número posible de Socios del Club.

I. Finanzas

Serán obligaciones de éste Comité:

1. Preparar, junto con la Directiva del Club para su presentación, revisión, discusión y aprobación durante los trabajos de la segunda Junta de Directiva en el ejercicio, el PRESUPUESTO ANUAL DE EGRESOS DEL CLUB. Deberá hacerlo en forma clara y desglosada, así como calcular la(s) Cuota(s) necesaria(s) para cubrir dicho PRESUPUESTO.

Solicitar en la misma reunión el acuerdo respecto a la fecha en la cual será convocada la Plenaria donde se dará a conocer a los Socios del Club ambos PRESUPUESTOS DE EGRESOS Y EL DE INGRESOS.

Aprobados en la Plenaria por la mayoría de los Socios dichos PRESUPUESTOS, el Comité de Finanzas VIGILARÁ que los Funcionarios, Comités y Socios en general sujeten sus acciones al fiel cumplimiento de lo aprobado en ambos PRESUPUESTOS, debiendo éste Comité informar mensualmente a la Plenaria de Socios respecto a la parte ejercida hasta el momento del PRESUPUESTO DE EGRESOS, así como las posibles desviaciones, las causas de las mismas y su recomendaciones para su corrección y ajuste.

2. Pugnará porque se establezcan fuentes alternativas de ingresos para cubrir el PRESUPUESTO DE EGRESOS, o para corregir sus desviaciones, buscando siempre NO CONSTITUIR EN NINGÚN CASO, GRAVAMENES EXTRAORDINARIOS DE TIPO ECONÓMICO PARA LOS SOCIOS.

Ejemplo : Buscar apoyos y donativos en industrias y/o miembros de la Comunidad que ayuden a cubrir el costo de alguna(s) actividad(es) programada(s) de beneficio social.

3. Toda sugerencia o propuesta formulada por cualquier Funcionario(s) o Socio(s) del Club, que contemple erogación(es) de fondos, para propósito(s) que no estén considerados dentro del PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO, o que no sean OBLIGACIONES REGULARES, deberán formularse por escrito y entregarse al Comité de Finanzas para su revisión, estudio y presentación ( en caso de estimarla viable ) ante la Junta de Directiva, la cual considerando lo señalado en el punto número 2 anterior tomará el acuerdo correspondiente.

4. El Comité de Finanzas, auxiliado de ser necesario por auditores externos, a más tardar EL ÚLTIMO DÍA HABIL DE AGOSTO, presentará a la Plenaria de los Socios Activos del Club, su DICTAMEN de la revisión que OBLIGATORIAMENTE realizará a las cuentas y situación financiera del Club, durante el ejercicio inmediato anterior.

De no resultar aprobatorio dicho DICTAMEN éste y la documentación de respaldo deberán ser turnados de inmediato por la Directiva en funciones al Comité de Honor y Justicia, para que a su vez éste proceda de acuerdo al Estatuto, escuche a las partes involucradas, determine posibles responsabilidades y de un informe pormenorizado dentro de los treinta (30) días siguientes a la Directiva, para que la misma actúe en consecuencia.

J. Honor y Justicia.

En todo Club de Leones existirá un Comité permanente de Honor y Justicia, integrado por los Ex-Presidentes del Club, siempre que éstos sean más de tres. El Presidente de dicho Comité, será quien resulte electo cada año por mayoría de votos entre ellos mismos, siendo la finalidad de éste Comité la de velar por la observación de lo preceptuado en los presentes Estatutos y Reglamentos. Este Comité deberá ser celoso vigilante de cumplimiento y apego a los Procedimientos establecidos. En el caso de un Club de Leones de reciente formación en el que no existe el mínimo de Ex-Presidentes requeridos; la membresía del Club por mayoría designará un mínimo de tres Socios para desempeñar sus funciones.

K. Instrucción Leonística.

Instruye a los Socios sobre las normas de organización del Club, sus funciones, su historia, sus objetivos, sus logros, sus Estatutos, sus Reglamentos y su programa general de actividades. También debe dar a los Socios una cuidadosa y completa instrucción respecto a los objetivos, actividades, historia y expansión de la Asociación Internacional de Clubes de Leones y su importancia en el mundo contemporáneo.

L.- Programación.

Tiene por objeto formular el programa al que deberá sujetarse las Plenarias ( sesiones comida y/o cena ) que celebre el Club periódicamente, con la amplitud necesaria para hacer la Reunión lo más animada posible dentro de las finalidades de nuestra ASOCIACIÓN.

M. Relaciones Públicas y Publicidad.

Las finalidades de este Comité serán buscar el acercamiento social del Club con los demás Clubes de Leones y de índole semejante a la perseguida por el Leonísmo, estableciendo nuevos vínculos o estrechando los ya existentes.

Toca a este Comité estar al tanto de la estancia en la ciudad de Leones nacionales o extranjeros para informarles sobre las actividades del Club Local, día y lugar donde se efectúen las Reuniones etc. Este Comité se encargará igualmente DE VISITAR Y ATRAER LOS SOCIOS PARA QUE CONCURRAN A LAS REUNIONES.

Compete también a éste Comité dar conveniente publicidad a las actividades del Club, pregonando sus ideales y objetivos, procurando por los medios a su alcance, despertar simpatía e interés hacia el Club y todo lo relacionado con el Leonísmo pudiendo para tal efecto valerse de la prensa, radio y televisión, etc.

N. Ponencias.

Se encargará de estudiar, determinar y poner a consideración de la Directiva las ponencias que los Socios del Club hayan formulado, para que en su oportunidad sean enviadas para su aprobación o rechazo, sujetándose al artículo 58 del Capítulo XI de los Estatutos de los Clubes de Leones.

Comités de Actividades.

A. Audición y colaboración con el sordo.

Tendrá como fin atender todo lo que corresponda a esta materia, basándose en general en los programas internacionales al respecto.

B. Cachorros.

Los hijos de Leones podrán integrar éstos Comités, los cuales como el de Damas, funcionará de acuerdo con la Directiva del Club y sus actividades se ajustarán a los términos del Reglamento respectivo.

1. Funcionará bajo la vigilancia de un Director que forzosamente deberá ser León.

2. Las funciones del Director, serán las de vigilante, consejero y coordinador de sus actividades con las de los Leones, a fin de que no se interfieran.

3. Podrán elegir su Directiva.

4. Por consiguiente, ellos podrán dentro de este límite, actuar con absoluta libertad.

5. Todos los rendimientos económicos que obtengan por cualquier concepto deberán depositarlos en la Tesorería del Club, la cual les facilitará lo necesario para los gastos indispensables en la realización de sus actos.

6. A cambio de lo anterior, el Club guardará intocables estos fondos para que al final del ejercicio o antes, se empleen en alguna obra permanente donde los cachorros vean el fruto de su esfuerzo y sirva de ejemplo en futuros ejercicios.

C. Conservación de la vista y colaboración con el invidente.

Sus atribuciones serán atender todo lo que concierne a la ayuda que el Club deba impartir en ésta materia tomando en consideración que ésta es una de las finalidades de los Clubes de Leones.

D. Damas.

Podrán integrarse por las esposas de los Leones y funcionará siempre de acuerdo con la Directiva del Club, en los términos de su propio Reglamento. ( Ver Artículo 39 de éste Reglamento )

E. Mejoras de la Comunidad.

Este Comité procurará la conservación de las riquezas en la ciudad, inclusive las arquitectónicas, naturales, arqueológicas, etc. y desarrollará su esfuerzo en sentido de hacer que se organicen ferias, festivales, festejos, etc., reactivando los que hayan caído en el olvido, principalmente, aquellos relativos a tradiciones o hechos históricos locales o nacionales.

Colaborará activa y estrechamente con las autoridades locales a través de la Directiva del Club en las actividades que tiendan al progreso y mejoramiento de la comunidad.

F. Protección a la infancia y contra la delincuencia juvenil.

Sus funciones serán esencialmente las de cooperar con los Gobiernos Estatales y Municipales para evitar la delincuencia juvenil y toda acción o campaña que tienda a ese fin.

G. Servicios del medio ambiente.

Colaborará con las autoridades correspondientes en las importantes labores del mejoramiento y protección del medio ambiente.

H. Servicios de orientación cívica.

Reconociendo que un Club de Leones es considerado como un polo de acción para sus conciudadanos. Este Comité buscará proporcionar la mejor orientación cívica a su comunidad y promoverá también que las principales fechas patrias conmemorativas tengan la debida difusión y lucimiento, elaborando al respecto un calendario de las mismas y promoviendo la participación de los Socios del Club en las Ceremonias respectivas.

I. Servicios de recreación.

Buscará el mejoramiento de las condiciones recreativas de su comunidad y la promoción de los deportes, principalmente entre la juventud para alejarla de los vicios, máxime considerando las condiciones en que actualmente se desenvuelve nuestra juventud.

J. Servicios de salud.

La labor de este Comité es muy amplia y comprende fundamentalmente el mejoramiento de las condiciones de salud de la comunidad, pudiendo avocarse a la instalación de dispensarios, colaboración con Centros de Salud y Hospitales existentes, construcción o ampliación de edificios para los mismos, etc., también patrocinando campañas de vacunación o educación a la comunidad sobre enfermedades, epidemias, etc.

K. Servicios educativos.

El Leonísmo Mexicano se ha caracterizado desde hace varias décadas por sus campañas en pro de la educación y en éste Comité se sustenta la responsabilidad de no abandonar esas campañas, como la construcción de aulas, la colaboración en alfabetización, otorgamiento de becas para estudiantes de pocos recursos y todo lo que se crea conveniente en relación con éste tema.

L. Servicios Internacionales.

Dada la internacionalidad del Leonísmo y la importancia de los servicios que presta LA FUNDACIÓN, éste Comité apoyará y difundirá debidamente esa labor de la FUNDACIÓN.

 
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