Club de Leones Internacional
  Funcionarios
 

Funcionarios

Artículo 32. Los Funcionarios de este Club serán los siguientes: El Presidente el Ex-Presidente inmediato, el Primer Vice-Presidente, el Segundo Vice-Presidente, el Tercer Vice-Presidente, el Secretario, el Tesorero, el Domador, el Tuercerrabos, el Director de Afiliación y todos los Vocales, que deberán ser cuatro como mínimo y como máximo uno por cada diez Socios del Club o fracción de cinco o más Socios. También deberán formar parte de la Junta los respectivos Suplentes a los puestos de Secretario, Tesorero, Domador y Tuercerrabos, los cuales tienen la obligación de asistir a todas las Reuniones de la Junta Directiva y otras Reuniones del Club, pero solo tendrán derecho a voto cuando estén supliendo a los Titulares

Artículo 33. Ninguna persona podrá ocupar cargos en el Club mientras no sea Socio Activo, al día con sus obligaciones, tampoco podrá ser miembro de la Junta Directiva un Socio que no tenga una militancia de UN AÑO como mínimo en las filas del Leonísmo.

Artículo 34. Ningún Socio del Club podrá ocupar simultáneamente dos cargos en la Junta Directiva del Club, en el mismo Ejercicio Social.

Artículo 35. Ningún Funcionario recibirá compensación alguna por servicios prestados al Club durante el desempeño de su cargo.

Artículo 36. Los miembros de la Junta Directiva y los integrantes de los Comités o Comisiones, contraen moral y legalmente la obligación de desempeñar el cargo o comisión que se les haya conferido, LEAL Y EFICIENTEMENTE, en la inteligencia que se ejecutarán los acuerdos de la Plenaria Leonística y rendirán los informes correspondientes en un término no mayor de TREINTA DIAS, excepto en los casos especiales, que a juicio de la Junta Directiva del Club requieran mayor tiempo.

Artículo 37. Deberes:

Sección A. El Presidente: será el Representante Legal y el principal Funcionario de este Club de Leones, presidirá todas las Reuniones de la Junta Directiva y las Plenarias del Club, convocará, a todas las reuniones de la Junta Directiva y Plenarias del Club ya sean Ordinarias o Extraordinarias; designará los Comités Permanentes y Especiales del Club, a excepción del Comité de Honor y Justicia que será formado por todos los Ex-Presidentes; colaborará con los Vocales, a efecto de apoyar su funcionamiento regular y la presentación de los informes correspondientes; se ocupará de que las elecciones se anuncien y realicen en debida forma y colaborará como miembro activo del Comité Asesor del Gobernador de la Zona en la cual se haya ubicado el Club. Igualmente deberá formar parte de la Delegación que se designe, para asistir a las Convenciones del Distrito y Nacional, teniendo la obligación de informar de su gestión administrativa en la Convención Distrital.

Sección B. El Ex-Presidente Inmediato Anterior: El y los demás Ex-Presidentes darán la bienvenida oficial a los Socios y sus invitados en las Plenarias del Club y representarán al Club en la bienvenida a todos los nuevos Socios con deseo de ayudar a la comunidad atendida por el Club.

Sección C. Los Vice-Presidentes: En caso de que el Presidente por alguna razón se encuentre incapacitado temporalmente para desempeñar las funciones de su cargo, el Vice-Presidente que le sigue en rango ocupará su lugar y desempeñará sus funciones con la misma autoridad que el Presidente, cuando la vacante sea definitiva se procederá como se indica en el Capítulo XI. Cada Vice-Presidente supervisará, bajo la dirección del Presidente, el funcionamiento de todos los Comités del Club.

EL PRIMER VICE-PRESIDENTE, tendrá la característica única de escalar automáticamente la Presidencia del Club, en el período inmediato siguiente a aquel en que haya fungido como Primer Vice-Presidente. Por lo tanto y con el objeto de estar perfectamente enterado del desarrollo de las Actividades Leonísticas, tendrá la obligación de asistir acompañando al Presidente, al Secretario y al Tesorero, a las Juntas del Comité Asesor a que convoque él Jefe de Zona.

Sección D. EL SECRETARIO: El Secretario estará bajo la supervisión y dirección del Presidente y de la Junta Directiva y actuará como Funcionario de enlace entre el Club y el Distrito (Sencillo o Múltiple) donde se encuentra ubicado el Club y la Asociación Internacional. A este efecto:

a) Presentará informes mensuales ordinarios o especiales a la Oficina Internacional de la Asociación, al Gobernador de Distrito, al Jefe de Región y al Jefe de Zona en los formularios provistos por ésta, suministrando los datos pedidos en dichos formularios y todos los demás datos que pida la Junta Directiva Internacional de la Asociación.

b) Presentará al Gabinete del Gobernador del Distrito los informes que se le soliciten, incluyendo copias de la Nómina de Socios e informes de actividades.

c) Colaborará en calidad de miembro activo, con el Comité Asesor de Gobernador en la Zona en que se encuentre ubicado el Club.

d) Llevará, mantendrá y custodiará los archivos generales de este Club, incluyendo la Actas de las Reuniones de la Junta Directiva y las Plenarias, las listas de Asistencia, las designaciones de Comités, Constancias de Elecciones, lista de clasificaciones (si las hubiere), lista de direcciones y números telefónicos de los Socios.

e) Boletinará a todos los Socios, dentro de la segunda decena de cada mes, el informe del movimiento mensual de fondos que recibirá del Tesorero del Club.

f) Enviará estados de cuenta trimestrales o semestrales a cada Socio, respecto a Cuotas y otras obligaciones financieras pendientes con el Club; percibirá las mismas y hará entrega de ellas al Tesorero, solicitando el correspondiente recibo.

Sección E. El Tesorero:

a) Percibirá todas las sumas de dinero y depositará las mismas en el banco o bancos recomendados por el Comité de Finanzas y aprobados por la Junta Directiva.

b) Efectuará los desembolsos para el pago de las obligaciones del Club, únicamente con la autorización de la Junta Directiva. Todos los cheques y comprobantes irán firmados por el Tesorero y refrendados por otro Funcionario que designe la Junta Directiva.

c) Llevará y tendrá custodia del Registro General de los Ingresos y Egresos del Club.

d) Preparará y presentará informes financieros mensuales a la Junta Directiva y Trimestrales a los Socios de este Club.

e) Entregará caución para garantizar el manejo de los fondos del Club en la cantidad y en la Institución que fije la Junta Directiva.

Sección F. El Domador:

Tendrá a su cargo y bajo su responsabilidad los bienes, adornos e insignias del Club, incluyendo banderas, estandartes, campanas, mazo y tablero de insignias. Colocará estos artículos en sus lugares apropiados antes de cada Reunión y los guardara nuevamente en su lugar después de cada Reunión.

Actuará como Oficial de Orden en las Reuniones, cuidará que los presentes ocupen sus asientos debidos y distribuirá boletines, obsequios y folletos necesarios en las Plenarias y Reuniones de la Junta Directiva. Prestará atención especial a que cada nuevo Socio este sentado con un grupo diferente en cada Plenaria, de modo que pueda familiarizarse mejor.

Sección G. El Tuercerrabos:

Promoverá la armonía, el compañerismo, el ánimo y el entusiasmo en las Plenarias, mediante bromas y juegos apropiados y la imposición juiciosa de multas a los Socios del Club. No habrá apelación reglamentaria de su decisión al imponer multas, con la salvedad, sin embargo, de que ninguna multa será mayor de la cantidad que cada año elija la Junta Directiva al iniciar el Ejercicio y que ningún Socio podrá ser multado mas de dos veces en la misma Plenaria o Reunión. El Tuercerrabos no podrá ser multado sino por el voto unánime de todos los Socios presentes. Todo el dinero recolectado por el Tuercerrabos, será entregado de inmediato al Tesorero, quien expedirá recibo por el mismo. La Plenaria decidirá el destino de los fondos recaudados.

Sección H. El Director de Afiliación:

El Director de Afiliación deberá presidir el Comité de Afiliación y las responsabilidades para desempeñar esta función serán:

a) El desarrollo de un programa de aumento de Socios específicamente para el Club y presentarlo a la Junta Directiva para su aprobación.

b) Animar constantemente a los Socios en las Reuniones del Club, con el fin de que estos inviten a integrarse al mismo, a Socios de calidad.

c) Asegurarse de que se están utilizando los procedimientos de incorporación apropiados.

d) Preparación y puesta en práctica de sesiones de orientación.

e) Reportar a la Junta Directiva ideas sobre formas de reducir la pérdida de Socios.

f) Coordinarse con otros Comités del Club con el fin de cumplir con estas responsabilidades.

Sección I. De los Vocales:

Los Vocales forman parte de la Junta Directiva del Club y como tales, tendrán la facultad de discutir y votar los asuntos de la competencia de la misma y también tendrán la obligación de asistir a todas las Reuniones de la Junta Directiva y que la Presidencia cite por conducto de la Secretaría

Sección J. Del Pro-Secretario y del Pro-Tesorero:

El Pro-Secretario y el Pro-Tesorero tendrán como misión auxiliar en las tareas de la Secretaría y la Tesorería respectivamente y suplirán en sus faltas a los Titulares.

Sección K. El Domador y el Tuercerrabos Suplentes:

Tendrán la obligación de sustituir al Titular en sus ausencias, haciendo sus veces.

 
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